El bloque integrado por Federico Guibaud, Silvia Scarzo y Gabriel Jurina presentó un proyecto de ordenanza en el HCD local para habilitar al gobierno de Oscar Luciani a convocar a elecciones mediante consulta popular vinculante de los delegados y subdelegados municipales de todas las localidades del partido de Luján.
La iniciativa surge de la promesa incumplida de Oscar Luciani de cara a la elección del año 2011, cuando accedió por primera vez a la intendencia. En ese entonces el ahora Jefe Comunal había “prometido convocar a los vecinos de las localidades del partido de Luján para que ellos mismos elijan en forma directa a sus Delegados y Sub-Delegados” y ahora “entendemos que ha llegado la hora de hacer efectivo dicho compromiso”, destacaron desde el bloque.
En ese sentido, Guibaud, Scarzo y Jurina proponen al Departamento Ejecutivo “convocar a la elección de representantes para las Delegaciones y Sub-Delegaciones de las localidades de Olivera, Jáuregui-Loreto, Pueblo Nuevo, Cortínez, Open Door, Torres y Carlos Keen, mediante el mecanismo de Consulta Popular” y que la misma “no será de carácter obligatoria para los votantes, y el resultado será vinculante para determinar la designación de los representantes a las Delegaciones y Sub-Delegaciones”.
En la norma los ediles señalan que “podrán sufragar en la elección todos aquellos ciudadanos con domicilio real en las localidades °, y que a su vez se encuentren inscriptos en el Padrón Electoral del partido de Lujan, provincia de Buenos Aires, que fuera habilitado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral para la última elección municipal inmediata anterior a la Consulta Popular pertinente”. Y que para ser candidatos a Delegados y/o Sub-Delegados se deberán reunir los requisitos establecidos por las normas vigentes para ser Concejal, “debiendo acreditar tres años o más de residencia en la jurisdicción por la cual se postulen, y presentar avales en cantidad superior al cinco por ciento de los ciudadanos inscriptos en el Padrón Electoral aludido”.
En cuanto a los candidatos a Delegados y/o Sub-Delegados, el texto presentado por el Frente Renovador dicta que “no podrán postularse en nombre o representación de ningún frente, alianza o partido político, ni tampoco podrán hacerlo en nombre de organización no gubernamental o asociación civil alguna”.La ordenanza especifica que “quienes resulten electos para el cargo de Delegado o Sub-Delegado serán puestos en funciones antes de los quince días corridos de haber sido electos, durarán dos años en el cargo y podrán ser reelectos una sola vez consecutiva”.
Por otra parte y a los efectos de controlar la elección, desde el bloque presidido por Federico Guibaud, proponen en el articulado de la norma la creación de “la Junta Electoral Municipal compuesta por cinco miembros, de los cuales dos representarán al Departamento Ejecutivo y tres a diferentes bloques del Honorable Concejo Deliberante, debiendo desempeñar dichos cargos con carácter honorario”
Finalmente proponen que “el Departamento Ejecutivo dicte la reglamentación en base a la cual se llevará a cabo la elección de los representantes de las Delegaciones y Sub-Delegaciones, estableciendo el respectivo cronograma electoral que se publicitará con no menos de sesenta días de anticipación al acto comicial, el cual deberá coincidir con la fecha de convocatoria a elecciones de autoridades nacionales, provinciales y municipales”.