Este viernes en el Honorable Concejo Deliberante de aquel distrito, el bloque integrado por Francisco Pin, Fabián Polverini, Natalia Ruiz, Marcelo Basilotta, Carla Cazzaniga, Daniela Oroño, Laura Coratti, María Klajnberg y Poli Caballero, presentó un proyecto de ordenanza que busca morigerar la “ grave problemática que se viene observando año a año respecto del consumo del alcohol en la adolescencia y sus graves implicancias no solamente en la salud de los afectados sino también en las consecuencias que tienen que ver con el descontrol y sobre todo con los graves hechos de violencia que con el correr del tiempo se han incrementado en forma exponencial”.
En ese sentido, los ediles pidieron al departamento ejecutivo encabezado por Mauro García que se prohíba “en todo el Ejido Municipal de General Rodriguez, el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años de edad”.
En tanto solicitaron que se declare “de Interés Municipal la lucha contra el consumo excesivo de alcohol”, aclarando que “a los efectos de la presente Ordenanza se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol, cualquiera sea su graduación”. En el artículo cuarto el proyecto presentado este viernes, reza que “la prohibición regirá cualquiera sea la naturaleza de las bocas de expendio, ya sea que se dediquen en forma total o parcial a la comercialización de bebidas”.
En cuanto al ordenamiento de la nocturnidad, mencionan en el articulado que “En los anuncios publicitarios efectuados por cualquier medio y/ metodología, para la realización de reuniones danzantes públicas para menores de 18 años, deberá indicarse claramente el horario de inicio y de finalización que no puede exceder de la hora 24. Los anuncios de reuniones danzantes públicas que se extiendan más allá de la hora 24, deben mencionar expresamente la prohibición de concurrencia de menores de 18 años”.
Para las bebidas alcohólicas que se produzcan en General Rodriguez, los concejales de Juntos Por El Cambio, destacaron que “deberán llevar en sus envases, con caracteres destacables y en un lugar visible, la graduación alcohólica correspondiente a su contenido. También consignarán las siguientes leyendas: “Beber con moderación”, “Prohibida su venta a menores de dieciocho años”. En tanto el proyecto advierte que “queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en comercios, almacenes, supermercados, kioscos o cualquier otro tipo de local que se encuentre habilitado para el expendio de las mismas, desde las 23hs hasta las 9 hs del día siguiente”.
Además, el proyecto presentado busca prohibir “el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en todo tipo de espacios abiertos de concurrencia general, salvo en el caso de confiterías, bares, restoranes o diferentes locales que cuenten con la autorización de uso de espacio público para el dispendio de bebidas con alcohol”.
En cuanto a la concientización el proyecto de Ordenanza indica la creación del “Taller Itinerante de prevención y concientización sobre el consumo de alcohol de menores, dicho taller deberá contar con un programa de acción anual, elaborado por el conjunto de profesionales actuantes quienes dispondrán la metodología a llevar a cabo en las distintas instituciones educativas del distrito, aplicándose fundamentalmente en el nivel secundario”.
“Ese taller Itinerante estará compuesto por los profesionales que designe la Secretaria de Salud en conjunto con la Secretaria de Desarrollo Social, deberá contar al menos con un psicólogo y un médico, del mismo también podrán participar profesionales independientes principalmente especialistas en adicciones, educadores y/o fundaciones u ONG que deseen colaborar”.
El texto de la norma, establece además que “en el Ejido Municipal de General Rodriguez, que en los lugares de esparcimiento tipo “boites”, “discotecas” o “discos” no se permitirá el expendio de bebidas alcohólicas a persona alguna en tanto se encuentren menores en su interior”.
En tanto insta a que “todo espectáculo público, baile y/o similar, ya sea organizado por particulares y/o instituciones educativas, culturales, sociales o deportivas, deberá contar con la previa autorización del Departamento Ejecutivo Municipal, y los responsables de su realización deberán tener pleno conocimiento de la presente Ordenanza y dar cumplimiento a los límites establecidos para la venta, suministro y/o expendio de bebidas alcohólicas en la misma”.
En el articulado, expresa las infracciones al régimen “establecido por la presente Ordenanza cometidas por los propietarios y/o locatarios y/o concesionarios de los comercios mencionados en los artículos 7º y 11º, así como los responsables de la organización de espectáculos públicos mencionados en el artículo 12°, serán sancionadas con multas de 2000 (mil) y 12.500 (doce mil quinientos) Módulos. En caso de reincidencia, la sanción podrá llegar a la clausura temporaria o definitiva, o en caso de una institución, la prohibición de organización de espectáculos públicos por el tiempo que el Juzgado de Faltas determine”. “En todos los casos el Juzgados de Faltas podrá permutar dichas multas por la realización de trabajos solidarios en instituciones educativas o comunitarias del distrito”, agregaron.
“El municipio fomentara la figura de Conductor Responsable a los efectos de que, en BARES, CERVECERIAS, RESTAURANTE, etc. se ofrezca al conductor del vehículo del grupo que conforman la mesa, la posibilidad de recibir bebidas sin alcohol sin cargo con la finalidad de garantizar que el mismo no haya consumido alcohol, evitando de esa manera posibles accidentes automovilísticos”, consignaron.
En el mismo texto piden al Departamento Ejecutivo que de amplia difusión a la Ordenanza y lo facultan “a reglamentar la presente Ordenanza en el término de sesenta (60) días a contar de su promulgación. La reglamentación estará sujeta a la aprobación de este Concejo Deliberante”.