Escribe el Dr. Edgardo Miller.
Finalmente, el Tribunal Oral N° 1 del Departamento Judicial de Dolores, dicto sentencia en el caso del homicidio de Fernando Báez Sosa. No me extraña la pena dictada por los jueces Castro, Rabaia y Lazzari, era de esperar una sentencia dura, muy dura, tan dura como el crimen cometido en el verano del 2020 en Villa Gessell. Fue mi anticipo, después de seguir con mucha atención todo el proceso, coincido con la calificación de “Homicidio Agravado, por la premeditación y alevosía”, los videos y testigos fueron contundentes durante el debate.
No coincido con la calificación para tres de los acusados de ser “Participes secundarios”. El grupo se movió en todo momento junto y siguiendo un plan pre establecido, había que golpear a Fernando porque era “un negrito de mierda”, golpearlo hasta la muerte que fue lo que hicieron. No hubo arrepentimiento de los reos en ningún momento, gritaron a través del wasap “Ganamos”, “Caduco”, y se fueron a comer hamburguesas como si asesinar a una persona fuera un acto similar a un partido de rugby, solo comenzaron a preocuparse luego del pedido de penas, no antes.
Este grupo de jóvenes de Zarate, estaban acostumbrados a la pelea callejera, a pelear con ventaja, aquí fueron once contra uno, se fueron enviciando de violencia, hasta llegar al asesinato de Fernando.
Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli, Luciano, Lucas y Ciro Pertossi fueron declarados culpables del asesinato de Fernando Báez Sosa,cometido el 18 de enero de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell.
Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi fueron sentenciados a prisión perpetua por ser coautoresdel delito de homicidio doblemente agravado por premeditación y alevosía en concurso real con lesiones leves.
Los otros tres recibieron una pena de 15 años de prisión como partícipes secundarios: Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años de cárcel como partícipes secundarios del mismo delito.
Juan Pedro Guarino y T.C, el llamado “rugbier número 11″, menor de edad al momento del hecho, enfrentarán expedientes por falso testimonio tal como pidieron los fiscales acusadores, Juan Manuel D’Avila y Gustavo García, luego de oír sus relatos en el juicio.La pena de “Prisión perpetua”, no tiene alternativa de “Libertad condicional” en ningún momento, las reformas de las últimas 2 décadas establecieron un listado de delitos (como los homicidios agravados, entre otros) que no tienen acceso a la libertad condicional, la única vía de excarcelación para quienes tienen penas perpetuas. En otros delitos cuando se cumplen 35 años de detención se esta en condiciones de solicitar el beneficio de dicho instituto del Derecho Penal.
Los desconsolados padres de Fernando querían la pena de prisión perpetua para todos los procesados, se manifestaron desconformes por la resolución del TOC 1 de Dolores. Es que a ellos solo los motiva que se haga justicia, saben muy bien que más allá de las penas aplicadas perdieron su hijo al que no volverán a ver nunca más.
Un crimen sin sentido, solo sustentado por la violencia en sí misma, deja como resultado la muerte de un de ellos -Fernando- y la cárcel por 50 años para 5, y 15 años para otros tres. Vidas arruinadas, familias devastadas, dolor por doquier. ¿Es hora de preguntarse cuál es la responsabilidad de los padres de los reos?, ¿fueron buenos padres?, ¿le dieron una educación adecuada?, ¿Se hizo justicia? Nunca una sentencia condenatoria por más grave que sea significa que se haga justicia, la ley no le devuelve la vida a nadie.