Se aprobó este viernes en la continuación de la sesión ordinaria número doce. El proyecto de ordenanza aprobado “autoriza” al jefe comunal a solicitar varios puntos: Entre ellos “dejar sin efecto incrementos de las tarifas posteriores al 31 de diciembre de 2017”, suspender los cortes de energía por falta de pago a aquellos usuarios que con justa razón no puedan pagar, eximiciones de pago a algunas entidades de bien público y varios puntos más.
El pasado lunes durante la sesión ordinaria número doce del HCD uno de los principales temas tratados fue el de las tarifas de los servicios públicos. En el recinto vecinos, no sin enojo, hicieron saber a los ediles su preocupación por no alcanzar a pagar las tremendas facturas que les llegan cada mes. En ese sentido muchos de los expositores manifestaron con vehemencia la situación.
EL tema fue tratado ese mismo lunes y se pasó a un cuarto intermedio para el viernes al mediodía, para poder acercar posiciones entre los ediles del oficialismo y la oposición y también los vecinos y militantes políticos que se manifestaron.
En el medio, el jueves, se realizó una reunión de la Comisión Especial designada a fin de seguir la problemática de los tarifazos, adonde vecinos, militantes políticos, ediles, miembros de la cooperativa, funcionarios se pusieron de acuerdo en el texto de la ordenanza.
En su artículo primero señala que se autoriza al Intendente Luciani a “a realizar las gestiones necesarias con la empresa prestadora del servicio público de distribución de electricidad y/o ante quien corresponda, para la suscripción e incorporación de una adenda y/o modificación al CONTRATO DE CONCESIÓN MUNICIPAL PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, firmado entre el DEPARTAMENTO EJECUTIVO y el Consejo de Administración de la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y DE SERVICIOS PÚBLICOS LUJANENSE LIMITADA, con vigencia a partir del 4 de agosto de 1997”.
Entre los pedidos que el Concejo Deliberante aprobó “autorizar” al intendente a realizar se encuentran: “Dejar sin efecto los incrementos tarifarios de la energía eléctrica, y los cuadros tarifarios emergentes de los mismos, posteriores al 31 de diciembre de 2017”, “establecer que, desde la fecha mencionada en la cláusula anterior, los incrementos de las tarifas de electricidad se ajustarán, en cuanto a la fecha y/o período de su aplicación y porcentaje de aumento, al SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, debiendo aplicarse a tales efectos las compensaciones que dieran lugar la presente.”
Además, autorizaron a Luciani a pedir que se suspenda “el corte de suministro de energía por parte de la CONCESIONARIA a aquellos usuarios residenciales que por justas razones no puedan realizar el pago de las facturas del servicio, por el lapso que dure la Emergencia Tarifaria según Resolución N° 6/2018”.
También le pidieron al Jefe Comunal que pida a la Cooperativa Eléctrica “eximir del pago de la tarifa del servicio público de electricidad a las organizaciones de la comunidad , Entidades de Bien Público, clubes de barrio, sociedades de fomento, centros de jubilados y pensionados, escuelas infantiles de fútbol y otros deportes, comedores y merenderos barriales, bibliotecas populares, cooperativas de trabajo, fábricas recuperadas, organizaciones de la de la economía social y todo emprendimiento y/o colectivo y/o iniciativa que esté relacionada con demostraciones de solidaridad hacia otros vecinos y vecinas en el marco de la actual crisis económica”.
Otro de los pedidos fue que se busque “un descuento en el pago de la tarifa del servicio público de electricidad a todas las micro, pequeñas y medianas empresas con actividad comercial, industrial y productiva en el Partido de Luján, en especial aquellas del sector textil en tanto su condición de grandes generadoras de empleo, durante la vigencia de la Emergencia Tarifaria según Resolución N° 6/2018”.
En el artículo segundo de la Ordenanza los ediles encomiendan a Luciani “y/o al Consejero De Administración de la CESPLL, a llevar adelante, como poder concedente, el total cumplimento de la Resolución N° 6/2018, y suspender el corte del suministro de energía a aquellos usuarios residenciales, que por justas razones no puedan realizar el pago de las facturas de servicios, para asegurar el cumplimiento del artículo 67° inciso «j» de la Ley N° 11.769”.
La sesión número 12 culminó a las 18:25 cuando la oposición dejó al recinto sin quórum, dado que iba a tratarse la rezonificación del predio que contiene a la planta de generación de energía de Araucaria Energy.