Desde octubre 140.000 jubilados perderán la reparación histórica

Aquellos que no ratificaron la aceptación del beneficio quedarán afuera de este plan. Deberán volver a tramitarla para recuperar el pago.

A partir del mes de octubre un altísimo grupo de jubilados y pensionados dejarán de recibir el beneficio que comenzaron a cobrar a partir del plan de reparación histórica y para recuperarlo deberán realizar el trámite correspondiente.

Los hombres de 65 años y las mujeres de 60 que actualmente reciben la mejora anticipada y todavía no aceptaron la propuesta en la web de las ANSeS o todavía no suscribieron el acuerdo, dejarán de percibir este reajuste en sus haberes mensuales.

A partir de esta situación, desde el Anses afirman que el adicional que actualmente cobran los jubilados se recuperaría siempre y cuando la persona firma el acuerdo. De esta manera, no habría una percepción retroactiva a los haberes no cobrados mientras el plan no estaba formalmente aceptado.

En total son unos 140.000 jubilados los que no aceptaron el plan y quedarán afuera del beneficio a partir de octubre. Sin embargo, recibirán un carta durante este mes donde se les notificará que perderán el beneficio de la reparación histórica en sus haberes de octubre.

No obstante pueden aceptar la reparación histórica y de esta manera volverían a recibir el beneficio con los haberes de noviembre. Pero en ese caso no recuperarían el período de octubre.

Entre los casos donde el trámite no haya sido realizado y que a pesar de eso no perderán el beneficio están los jubilados que hayan declarado estar imposibilitados de movilizarse, ya sea por una enfermedad grave o aquellos que tengan más de 90 años.

Cómo realizar el trámite para adquirir el beneficio 

  • ​​Aceptar el acuerdo: desde www.anses.gob.ar, hay que ingresar a la sección Accesos Rápidos, opción Mi ANSES, con su CUIL y la Clave de la Seguridad Social, visualizar la propuesta y aceptarla.
  • Designar a un abogado patrocinante: en la sección Mi ANSES, la persona debe ingresar el número de CUIL/CUIT de su abogado para que lo acompañe durante el trámite.
  • Firmar el acuerdo: tanto el beneficiario como el abogado deben acercarse a una oficina de ANSES (con turno previo).