En función de los últimos acontecimientos ligados a la propagación del virus del Coronavirus (Covid-19) y de las disposiciones del Ministerio de Salud de la Nación, los organizadores del 2º Festival de Tango de Luján anunciaron la reprogramación del evento que iba a desarrollarse los próximos 13, 14 y 15 de marzo. En tanto Flandria y Luján jugarán sus partidos el domingo y el lunes respectivamente a puertas cerradas.
Las medidas para extremar los cuidados respecto del coronavirus han entrado en vigencia en las últimas horas. Han sido el Ministerio de Salud de la nación y el Presidente Alberto Fernández a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia quiénes han tomado la decisión.
En Luján, los organizadores del 2° Festival de Tango han decidido posponer la actividad: “Entendemos que es un momento de preocupación que requiere actuar con responsabilidad frente al escenario que se presenta. Es por ello que desde la organización del Festival hemos tomado la decisión de suspender y reprogramar el evento”, expresaron.
“Actividades como estas propician condiciones no favorables para preservar la salud de nuestros ciudadanos en el contexto actual. Lamentamos esta situación de fuerza mayor y adelantamos que próximamente estaremos confirmando las nuevas fechas para que todos podamos disfrutar del 2º Festival de Tango de Luján”, completaron.
En tanto los clubes Flandria y Luján que tienen fecha de cotejo el domingo y el lunes a las 16 respectivamente y de local en el Estadio Carlos V y en el Campo Municipal de Deportes, jugarán a puertas cerradas sin público. La decisión se adoptó desde la Asociación del Fútbol Argentino luego de un pedido del Ministerio de Salud de la Nación.
El Decreto firmado por el presidente Alberto Fernández establece una «serie de medidas para evitar y mitigar el efecto de contagio y hacer lo necesario para controlar la pandemia». Entre estas disposiciones se encuentran el aislamiento obligatorio para personas que arriben desde zonas afectadas con circulación del virus, los cuales son catalogados como «casos sospechosos», además de personas que presenten síntomas específicos de coronavirus y cuenten con algún vínculo directo con las zonas afectadas o con personas infectadas (casos confirmados o contacto directo con pacientes).
El aislamiento, también denominado cuarentena, se extenderá por unos 14 días según la información y la evolución de la epidemia, aunque desde el Ejecutivo advirtieron que podría modificarse y explicaron que el Ministerio de Salud se encuentra autorizado a realizar los cambios que considere necesarios.
El Código Penal cuenta con diferentes disposiciones en lo que se refiere a esta medida, sin embargo en este decreto se establece que aquellas personas que incumplan con la cuarentena obligatoria podrán recibir denuncias y acciones para determinar si existe la presencia de delito. Con este objetivo, el Código establece dos figuras penales. La primera se corresponde con el artículo 205, que instaura una pena de prisión al que viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia. La restante es la perteneciente al artículo 239, donde se establece que toda persona que se resista o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le preste asistencia o requerimiento en virtud de una obligación legal será penada con prisión.
El DNU establece que la realización de un espectáculo público deberá ser autorizada por la autoridad sanitaria, en relación con la evolución del coronavirus en la Argentina, y que será el propio Ministerio de Salud quien defina una resolución directa sobre las medidas que se deben tomar para su realización. Además, se coordinará con las autoridades jurisdiccionales correspondientes, ya sean provinciales o municipales. En tanto, en los espacios dependientes del Gobierno nacional, será el Ministerio de Salud quien estará autorizado para tomar las decisiones e indicar las medidas de restricción de aglomeración de personas.