Así fue establecido tras la modificación de la resolución general 4.976 publicada hoy en el Boletín Oficial, que aclara que esa información se canalizará a través del servicio denominado “Régimen Informativo Normalización”, disponible en el sitio web de la Afip.
En el caso de los fondos afectados al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios se informará el o los códigos de registro de proyecto inmobiliarios (COPI).
En cambio, si los fondos se afectan a la adquisición de inmuebles usados se deberá detallar monto destinado a la adquisición, datos de la vivienda y de los titulares vendedores a quienes se les transfieren los fondos.
El Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina en un procedimiento de exteriorización de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en construcción.
Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos que obtengan rentas de la tercera categoría del Impuesto a las Ganancias, residentes en el país, podrán declarar hasta el 17 de agosto de este año de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior que no hubiera sido declarada al 12 de marzo de 2021.
Todos los datos que se recaben a partir del programa de normalización estarán alcanzados por el secreto fiscal.