En la Sesión Ordinaria N°3, que se encuentra en cuarto intermedio y en estado de sesión permanente por la Emergencia Sanitaria se aprobó que los concejales sesionarán de manera virtual hasta el 13 de abril.
El decreto detalla que la Secretaría del Honorable Cuerpo procurará digitalizar toda la documentación que tenga ingreso durante ese período. En el caso de los expedientes ingresados con anterioridad a la fecha del presente Decreto y que estuvieren en tratamiento por parte de las Comisiones Internas, la Secretaría procederá –en la medida de sus posibilidades– a la digitalización de aquellos que fueren requeridos por los señores concejales, mediante solicitud efectuada por medio de la Presidencia de la comisión respectiva.
La documentación digitalizada será remitida a cada uno de los concejales a la dirección de correo electrónico que estos hubieren declarado. En la misma comunicación se notificará a qué comisión o comisiones hubiere la Presidencia remitido el expediente.
Durante la vigencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por el Decreto (PEN) N°297/2020, las sesiones del Honorable Concejo Deliberante podrán desarrollarsede manera remota, mediante plataformas virtuales de videoconferencia u otros sistemas tecnológicos adecuados que permitan el desarrollo de las reuniones de manera remota.A tales efectos, autorízase a la Presidencia del Honorable Cuerpo, en conjunto con la Secretaría, a implementar los medios electrónicos necesarios para garantizar el cumplimiento de las respectivas normativas reglamentarias, adecuadas a la modalidad virtual.
Al proyecto original finalmente se agregaron dos artículos. El primero detalla que el mismo tiene vigencia hasta el 13 de abril del 2020, y que puede prorrogarse si se alarga el aislamiento social obligatorio; el segundo artículo agregado detalla que el HCD LUJÁN remite lo aprobado a todos los concejos deliberantes de la Provincia de Buenos Aires