El pasado jueves se procedió a la aprehensión de un sujeto de 35 años, de apodo “Semilla”, domiciliado en Luján quien se encontraría vinculado al comercio de estupefacientes en esta ciudad.
La investigación comenzó tras un llamado anónimo al 911 en abril de 2019 que daba cuenta de la venta de sustancias estupefacientes por parte de un sujeto apodado “Semilla”, en un domicilio de la ciudad. Ante esto se comunicó a la Unidad Funcional de Instrucción N.º 9 Descentralizada Luján del Departamento Judicial Mercedes – actualmente a cargo de la dra. Mariana Suárez – y la Ayudantía Fiscal Especializada en Estupefacientes Departamental.
En el marco de la investigación se encomendó a la Delegación Mercedes de Investigaciones del Trafico de Drogas Ilícitas la realización de tareas investigativas respecto del domicilio denunciado, donde se advirtieron movimientos compatibles con la comercialización de estupefacientes al menudeo.
De hecho, ya en el mes de junio de 2019 se produjo una orden de allanamiento de la vivienda en cuestión en la que no se logró secuestrar elementos suficientes para proceder a la aprehensión del imputado. Sin embargo, la investigación siguió su curso, así como las tareas de vigilancia por parte del personal policial, y se relevaron diversos elementos probatorios en contra del imputado.
Ante esto se solicitó una nueva orden de allanamiento del domicilio al Juzgado de Garantías N.º 1 – a cargo del dr. Marcelo Romero – la cual fue otorgada y llevada a cabo este jueves 5 de marzo. En el marco de dicha medida judicial se procedió al secuestro de distintos elementos de interés para la investigación, así como elementos compatibles con el fraccionamiento de estupefacientes. También se encontraron entre en una bolsa, 9 envoltorios de nylon conteniendo cocaína (6,7 grs.) con el fin de ser comercializados.
Por el delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” y “Tenencia de estupefacientes fraccionadas en dosis destinadas directamente a los consumidores” compareció ante la fiscal a cargo en el marco de la audiencia de declaración en los términos del art. 308 del Código Procesal Penal.