A partir de una denuncia radicada en la DDI Luján el pasado 22 de octubre se inició una investigación con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción N° 9 Descentralizada y al Cuerpo de Instructores de Fiscalía General con asiento en Lujan por por robo de mercadería en transito bajo la modalidad “piratería del asfalto”.
Según se supo, un chofer de una empresa de transporte de Lomas del Mirador, al mando de un camión marca Mercedes Benz concurrió en horas de la noche a un frigorífico de la ciudad de Rojas donde cargaron el vehículo con 260 medias reses de chanchos faenados. Los mismos debían ser transportados hacia una distribuidora porcina de la localidad de Mataderos.
Alrededor de las 3 de la mañana del día siguiente, el conductor detuvo la marcha del camión en la zona de banquina de la Ruta Nacional N° 7 cuando observó que un auto tipo “Suzuki Fun” rojo se le colocó a la par y descendió un sujeto armado con una escopeta y lo obligó a bajar del rodado. Mediando violencia el malviviente lo obligó a ingresar en el baúl de un segundo vehículo. Varias horas después fue liberado en cercanías de la Ruta 6 y Ruta 3. El camión fue encontrado – sin la mercadería – en La Matanza horas después del hecho.
Tras reunir diversos elementos probatorios, el fiscal a cargo interinamente de la UFI 9 – dr. Sebastián Villalba – solicitó una orden de allanamiento y secuestro, la cual fue concedida por Juzgado de Garantías Nº 2 Departamental a cargo del Dr. Facundo Oliva- La medida se llevó a cabo en la tarde de este miércoles en un domicilio de la localidad de González Catán del partido de La Matanza. La misma fue llevada a cabo por personal policial de la DDI Luján.
En el lugar se logró secuestrar el vehículo que fuera señalado por la víctima, junto a otros elementos de interés. A su vez fue aprehendido un hombre de 37 años, imputado por el delito de “Robo triplemente agravado por ser de mercadería en tránsito, por su comisión con armas de fuego y en lugar poblado y en banda” y “Privación ilegal de la libertad”. Compareció ante el agente fiscal, en el marco de la audiencia de declaración en los términos del art. 308 del Código Procesal Penal.